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1) Initial steps: identificación fiscal y NIE


Antes de empezar, confirma la identificación fiscal de todas las partes.



  • Nacionales españoles: DNI o CIF ya identifican fiscalmente.



  • No residentes: necesitan NIE/NIF y alta censal (Modelo 030) para tributar (vendedor por la ganancia; comprador por IVA o ITP, según el caso).




Si el NIE no llega a tiempo, es posible solicitar un NIF provisional “M” ante la AEAT para declarar dentro del mes siguiente a la firma. Con el NIE/NIF podrás abrir cuenta bancaria y, si procede, tramitar hipoteca.



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2) Due Diligence: comprobar finca y situación legal


Verifica que lo que se vende coincide con lo inscrito y con la realidad física.



  • Nota Simple del Registro de la Propiedad: descripción, titularidad, cargas, asientos pendientes.




  • Certificado Catastral: superficie, linderos, uso y valor de referencia (base mínima a efectos fiscales).





Comprueba cargas (hipotecas, servidumbres, embargos). Si existen, decide:



  • Cancelar antes de firmar (acreditar cancelación y pedir Nota Simple actualizada “libre de cargas”); o



  • Subrogar/retener importes en precio, con autorización del acreedor.




Valora normativa especial aplicable: rústico/urbano, licencias, actividad, patrimonio protegido, costas, etc.


3) Precontratos: opción, promesa, arras y preacuerdo


Cuando la Due Diligence es favorable, toca pactar el instrumento previo:



  • Opción de compra: derecho preferente del comprador por plazo y precio pactados. Conviene inscribirlo (si grava la finca).



  • Promesa de venta: el vendedor se obliga a vender en plazo; prevé penalización si incumple.


  • Contrato de arras (habituales las arras penitenciales): el comprador entrega señal (suele r 10%).



    • Si incumple el comprador, pierde la señal.



    • Si incumple el vendedor, devuelve el doble.






  • Precontrato: fija actuaciones y costes reembolsables antes de la compraventa (útil si hay gestiones previas relevantes).




Marco legal útil: Código Civil (arras/obligaciones) y LAU 29/1994 para tanteo/retracto en alquileres (BOE LAU).


4) Cierre de Due Diligence: informe y riesgos


Recoge el análisis en un Due Diligence Report:




  • Documentos revisados y conclusiones por epígrafes.




  • Riesgos identificados (urbanísticos, registrales, fiscales, ocupacionales) y propuestas de mitigación.




  • Recomendación: seguir, renegociar o no comprar.




En escenarios con posible litigio futuro, detalla estrategia, costes, plazos y probabilidades.


5) Escritura pública ante Notario: documentación y costes


¿Por qué ante Notario?


La escritura pública otorga fe pública, permite inscripción registral y te convierte en propietario frente a terceros.


Se puede firmar en cualquier notaría de España; incluso con partes en distintas ciudades mediante poderes.


Documentación habitual




  • Nota Simple, Certificado Catastral, Certificado Energético, Certificado de Comunidad (si procede), Cédula de Habitabilidad (según CCAA), IBI último, poderes, NIE, etc.




  • Si hay hipoteca: entrega previa de FEIN/ESIS y FIAE con antelación legal (LCCI).





Costes (quién paga)




  • Notaría (arancel estatal; aprox. 0,3–0,5% según importe).




  • Registro de la Propiedad (arancel estatal; aprox. 400–650 €).




  • Impuestos:




    • Obra nueva/primera transmisión: IVA 10% + IAJD (0,4–1,5% según CCAA) – BOE ITP-AJD (TR 1/1993).




    • Segunda transmisión: ITP (tipo según CCAA).






  • Gestoría: liquidación e inscripción.




Por regla general, salvo pacto, el comprador asume la mayoría de gastos; el vendedor la primera copia (art. CC).


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6) Post-venta: vicios ocultos y garantías


Lo normal es que no surjan problemas si hubo buen asesoramiento. Si aparecen, distingue:




  • Vicios ocultos (no aparentes al comprar): el vendedor responde si impiden el uso normal o habrías pagado menos.




    • Plazo para reclamar por saneamiento: 6 meses desde la compra (art. 1484 y ss. CC).




    • Pasos: pericial, comunicación al vendedor, burofax, y si no hay acuerdo, demanda.






  • Información omitida relevante del vendedor: puede plantearse nulidad por error.




  • Pasado el semestre, cabe otra vía (más incierta): acción por falta de conformidad/nulidad.





Actúa rápido para no perder plazos. Te ayudamos a valorar, reclamar y, si toca, litigar.



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